Los ecologistas presentan alegaciones al deslinde de la ría de Avilés

Ría de Avilés -Foto AsturiasVerde.com-

El Colectivo Ecologista de Avilés presenta alegaciones sobre el deslinde que la Demarcación de Costas está realizando en la ría de Avilés.
Los ecologistas consideran que las viviendas existentes en Zeluán y los patios de las mismas deberían situarse fuera de la delimitación, puesto que son ajenas al influjo de las mareas y no estorban a la estabilidad y defensa de la costa.

El Colectivo Ecologista de Avilés manifiesta su conformidad con la delimitación del dominio público marítimo terrestre realizada en el tramo comprendido entre el faro de San Juan y la playa de San Balandrán, con la excepción del poblado de Zeluán, donde ha observado que la línea de la ribera del mar afecta a una casa y a varios patios de vivienda, considerando que tanto las viviendas de Zeluán como sus patios deben quedar fuera de esta delimitación.

Detallar las partes del deslinde realizado y nuestra posición en cada una de ellas:
• Pedimos que se corrija la delimitación de la ribera del mar en el poblado de Zeluán, dado que dicha delimitación afecta a parte de una casa y a varios patios de viviendas. Consideramos que las viviendas existentes en Zeluán y los patios de las viviendas deberían situarse fuera de esta delimitación, puesto que son ajenas al influjo de las mareas y no estorban a la estabilidad y a la defensa de la costa.
• En el deslinde realizado se considera como dominio público marítimo terrestre toda la explanada de Maqua considerada hoy como polígono industrial, junto a los terrenos de la depuradora de Avilés y todo el río Vioño hasta pasada la carretera AS-328 que va al cabo Peñas. Consideramos acertada esta delimitación ya que estos terrenos fueron en su momento ganados a las marismas de la ría y la Ley 22/1988 de Costas establece en su artículo 4 que deben pertenecer al dominio público “los terrenos ganados al mar y los desecados en su ribera”.
• Consideramos acertada la delimitación de la ribera del mar en la zona de Zeluán, con la salvedad de lo dicho para el poblado. De esta manera se incluye a toda la charca de Zeluán. Para ello se aporta dentro del expediente un estudio del INDUROT donde, a parte de resaltar sus valores naturales que la llevaron a ser catalogada como Monumento Natural, afirma que la charca está formada a través de la entrada de agua de la ría por un canal de drenaje y por infiltración a través de las arenas dunares. Los terrenos delimitados cumplen los requisitos establecidos en el artículo 3.1 de la Ley de Costas para definir la ribera del mar y de las rías.
• Consideramos correcta la delimitación realizada desde el poblado de Zeluán a San Balandrán pues se incluye todo el espacio dunar de la ensenada de Llodero, hasta la carretera que une Zeluán y San Balandrán. Consideramos que este espacio dunar constituye una unidad inseparable de la playa y contribuye a “garantizar la estabilidad de la playa y la defensa de la costa”, según establece el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Costas aprobado por Real Decreto 1471/1989.
• Existen otros dos tramos también deslindados en la ría y que pertenecen a las desembocaduras de los ríos Alvares y Raíces. Proponemos que la delimitación se extienda más al interior de estos ríos, considerando que están bloqueados por obstáculos artificiales, es el caso de la presa existente en el río Raíces o el dique del río Alvares y que debería realizarse un cálculo de la longitud de la ribera del mar en ausencia de estos obstáculos y que se procediese a la delimitación según el cálculo realizado. También consideramos que debería ser justo considerar como dominio público las ocupaciones de marismas realizadas en su día para construir los muelles y las instalaciones de Ensidesa, en el ámbito del río Alvares, así como los terrenos rellenados sobre la marisma en las instalaciones industriales de Cristalería, Asturiana de Zinc y polígono de Las Arobias, en el ámbito del río Raíces. Terrenos que fueron ocupados de la misma manera que lo fueron las marismas de Maqua.

Para terminar, consideramos que, corrigiendo la delimitación realizada sobre el poblado de Zeluán, la delimitación realizada por la Demarcación de Costas entre el faro de San Juan y la playa de San Balandrán resulta de gran importancia para dotar de una protección adicional a un espacio de grandes valores naturales, considerado como Monumento Natural. Y posibilitaría realizar en el futuro otros proyectos que podrían incrementar este valioso patrimonio natural como podría ser la restauración de las antiguas marismas de Maqua.

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